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Introducción

(Sección 2.7.1)
Condiciones de observación a las que se refieren las definiciones de las nubes
(Sección 2.7.1.1)

A menos que se indique otra cosa, las definiciones facilitadas en el presente Atlas se aplican a las observaciones realizadas en las siguientes condiciones:

(a) El observador se encuentra en la superficie de la Tierra, ya sea en la tierra, en áreas sin relieves montañosos, o en el mar.

(b) El aire está limpio y no se presentan fenómenos que lo oscurezcan, tales como la niebla, la calima, el polvo, el humo, etc.

(c) El sol está suficientemente alto como para proporcionar la luminancia y coloración habituales.

(d) Las nubes están tan altas por encima del horizonte que los efectos de perspectiva son despreciables.

Será necesario adaptar las definiciones a otras condiciones. En muchos casos, esto se puede hacer fácilmente; por ejemplo, por la noche, cuando la luna está en sus fases más brillantes, puede desempeñar una función análoga a la del sol respecto de la iluminación de las nubes.


Pasos que hay que seguir en la observación de las nubes(Section 2.7.1.2)

Al observar las nubes, se deben seguir los siguientes pasos:

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